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Solicitudes de subvención para comidas a domicilio
Procedimiento administrativo en solicitudes de subvención para comidas a domicilio
Solicitud, en modelo normalizado, dirigida al Presidente del Consorcio de Servicios Sociales.
Instrucción del expediente por los Servicios Sociales del Ayuntamiento del municipio de residencia del/la solicitante.
Envío del expediente al Consorcio de Servicios Sociales.
Valoración de la situación socio-económica y de salud por la Comisión de Valoración y Seguimiento del Programa de Comidas a Domicilio y propuesta de resolución.
Resolución motivada del Presidente del Consorcio de Servicios Sociales en el plazo máximo de 3 meses desde la reopción del expediente.
Notificación de resolución informando de la posibilidad de interponer Recurso Potestativo de Reposición ante el Presidente de Consorcio Servicios Sociales en plazo de un mes o directamente Recurso Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses.
Resolución de Recurso de Reposición en el plazo de un mes informando de la posibilidad de interponer Recurso Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses a partir de la recepción de la notificación.
Consorcio de Servicios Sociales
C.I.F. P5200004I - Paseo de la Cuba, 15 02005 Albacete